Criptoactivos en Bolivia: De la prohibición a la regulación

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Juan Pablo Sanchez – Asociado Senior 

En 2014, el Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Banco Central de Bolivia, emitió la primera resolución nacional respecto a los criptoactivos, mediante la Resolución de Directorio N° 44/2014. Posteriormente, en 2020, mediante la Resolución de Directorio N° 144/2020, se dejó sin efecto la Resolución N° 44/2014 en respuesta a la evolución de los criptoactivos. La Resolución N° 144/2020 confirmó la prohibición del uso, comercialización y negociación de criptoactivos en el sistema de pagos y el sistema financiero nacional, ya que los criptoactivos no se consideraban moneda de curso legal.

Sin embargo, tras una importante recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFILAT), el Banco Central de Bolivia, en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), emitió la Resolución de Directorio N° 82/2024, dejando sin efecto la Resolución N° 144/2020 y permitiendo el uso, comercialización y negociación de criptoactivos en Bolivia.

La Resolución N° 82/2024 no solo permite que las operaciones, que ya se realizaban en Bolivia a pesar de su prohibición, puedan llevarse a cabo mediante instrumentos electrónicos de pago del sistema financiero boliviano. También brinda una alternativa a empresarios y consumidores bolivianos ante la clara e innegable escasez de dólares americanos que hemos experimentado durante más de un año.

En este contexto, la autorización de operaciones con criptoactivos abre una ventana para los bolivianos que, en los últimos meses, han perdido confianza en el sistema financiero, han preferido mantenerse al margen de la bancarización y han optado por desarrollar sus actividades económicas y comerciales mediante operaciones persona a persona. Así, con la Resolución N° 82/2024, las operaciones persona a persona, una característica principal de los criptoactivos, podrán desarrollarse en un mercado principal y no en un mercado paralelo, como ocurría durante la prohibición.

A pesar de la suspensión de la prohibición, en el comunicado de prensa emitido por el Banco Central de Bolivia y ASFI, estas entidades hicieron hincapié en que las transacciones y operaciones realizadas con criptoactivos son responsabilidad exclusiva de sus usuarios y no contarán con protección ni supervisión estatal.

Finalmente, el Banco Central de Bolivia emitirá la resolución correspondiente para reglamentar estas operaciones con criptoactivos, fortaleciendo así las actividades financieras y comerciales en el territorio de nuestro país.

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