Dolly Salazar – Asociada Senior
La reciente Resolución Normativa de Directorio Nº 102400000021 emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) establece un marco renovado para el respaldo y registro de las transacciones comerciales. Esta medida busca establecer un control tributario más riguroso por parte de la Autoridad Tributaria respecto a transacciones comerciales de montos significativos a objeto de que sean respaldados con documentos de pago válidos y registrados a través de la plataforma SIAT en Línea.
Principales modificaciones que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2025:
1. Respaldo Exclusivo a través de Cuentas del Titular del NIT:
La normativa estipula que los pagos deben realizarse desde cuentas a nombre del titular del NIT (Número de Identificación Tributaria), tanto para personas naturales como jurídicas. El uso de cuentas de terceros será válido siempre que, estas operaciones se encuentren debidamente justificadas de acuerdo a las Disposiciones Normativas en materia civil, comercial, financieras y otras; y que las mismas se encuentren registradas en su sistema de contabilidad.
2. Restricción de Fraccionamiento:
Las Transacciones por montos menores a Bs. 50.000 que denoten fraccionamiento, serán consideradas como una sola transacción siempre y cuando:
a) Exista similitud en las operaciones;
b) Se detecte patrones de temporalidad; y,
c) Se identifique recurrencia de Proveedores.
En estos casos la totalidad de las operaciones deberán estar respaldadas con documentos de pago y reportadas en el sistema de bancarización.
3. Registro Obligatorio y Declaración Mensual
Todas las transacciones que superen Bs. 50.000 deben registrarse en el «Registro Auxiliar de Bancarización». La declaración es obligatoria y deberá realizarse mensualmente a través de SIAT, consolidando todas las operaciones comerciales de cada período fiscal.
Esta obligación debe ser cumplida hasta el último día hábil del mes subsiguiente.
4. Corrección de Errores:
La normativa actualizada permite la corrección de errores dentro del plazo establecido sin la aplicación de multas.
En caso de corrección de errores fuera del plazo establecido se deberá realizar el pago de la multa correspondiente.
5. Eliminación del Sistema DA VINCI:
Se establece al SIAT como plataforma exclusiva para todas las declaraciones tributarias, eliminando el uso del sistema DA VINCI y centralizando los procesos de declaración en una única interfaz.
Implicaciones para las Empresas
Para garantizar el cumplimiento, las empresas deberán hacer ajustes importantes en sus procesos de gestión tributaria y financiera, entre ellos:
- Capacitación en el Uso de SIAT:
Dado que la normativa exige la utilización del “Registro Auxiliar de Bancarización”, es crucial que el personal administrativo y contable esté capacitado en esta plataforma para evitar errores y reducir el riesgo de sanciones.
- Controles en los Procesos de Pago:
Se recomienda implementar un protocolo que detecte y evite fraccionamientos indebidos en los pagos. Este control permitirá gestionar las transacciones de manera transparente y alineada con los requisitos normativos.
- Revisión y Verificación de Cuentas Bancarias:
Las empresas deben asegurarse de que todas las cuentas bancarias activas estén registradas a nombre del titular del NIT, reduciendo así el riesgo de contingencias tributarias.
- Reporte Consolidado para el 2024:
Si bien la normativa entra en vigor en 2025, se requiere un informe consolidado de las transacciones de 2024 para febrero de 2025.
La obligación de registro de operaciones por montos mayores a Bs. 50.000, ha sido implementada hace ya más de diez años, con lo cual las modificaciones incorporadas por la actual Resolución Normativa de Directorio tienen por objeto; por un lado, implementar algunos avances tecnológicos y por otro, ejercer controles más rigurosos sobre las transacciones comerciales que se realizan. Sin embargo, existen algunos aspectos que quedan sujetos a la libre interpretación de la Autoridad Tributaria, lo que ha motivado que algunos sectores empresariales y profesionales inicien recursos de impugnación a con la finalidad de lograr una reglamentación que contemple disposiciones claras y precisas.
Esperamos que las autoridades realicen los ajustes necesarios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes.